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Para los constitucionalistas la actitud del Gobierno es “inaceptable y sediciosa” y causal de juicio político

Un grupo de juristas consultados por Clarín cuestionó que el Ejecutivo no acate un fallo de la Corte Suprema.

23/12/2022 12:33

Actualizado al 23/12/2022 12:33

Tras la decisión del Gobierno de no acatar el fallo de la Corte Suprema, un grupo de constitucionalistas consultados por Clarín sostuvieron que la posición del Ejecutivo va contra las normas. “Los fallos de la Corte se cumplen”, sostuvo Andrés Gil Domínguez. Su colega Felix Lonigro dijo que cabe iniciar un “juicio político” y Juan Vicente Sola aseguró que la situación es “inaceptable y hasta sediciosa”.

“El presidente de la Nación ha decidido instruir a los órganos competentes del Estado Nacional a recusar a los miembros de la Corte Suprema y a presentar el pedido de revocatoria “in extremis” de la resolución cautelar dictada”, informó el Poder Ejecutivo el jueves por la noche. ¿Puede el Gobierno avanzar con esta medida? ¿Se incurre en un delito grave al no acatar el fallo del máximo tribunal? ¿Qué ocurrirá con el dinero que debería recibir la Ciudad? Son algunos planteos que analizaron diferentes constitucionalistas en diálogo con Clarín.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez indicó a Clarín, como primer análisis: “Las sentencias de la Corte Suprema de Justicia se cumplen. Eso no se discute, se puede debatir cómo se ejecuta pero se deben cumplir”.

Esto a criterio de los especialistas, no resiste mucho análisis y consideran que no hay “ningún margen jurídico para no acatar”. Sin embargo, el Gobierno nacional consideró que sí.

Sumando su mirada la situación, el constitucionalista Felix Lonigro indicó a Clarín que si el jefe de Estado no acata el fallo “las implicancias serían por una lado una responsabilidad política: cabría juicio político por mal desempeño y por el otro, una responsabilidad penal por el delito de desobediencia”.

Respecto a las alternativas que tiene el Gobierno de la Ciudad, Lonigro señaló que procesalmente “correspondería un proceso de ejecución de la medida cautelar (embargos, etc)”.

En cuanto a la decisión del Gobierno, el constitucionalista entendió que la recusación a los jueces de la Corte “es procesalmente extemporánea. Además no hay causa de recusación” y que el recurso de revocatoria “también se denomina de reconsideración, porque se intenta que el mismo Tribunal que dictó la medida, la reconsidere y la revoque”.

Sobre este último punto, es decir, la revocatoria del fallo de la Corte que pedirá el gobierno, el constitucionalista Juan Vicente Sola indicó a Clarín que no corresponde, “en realidad es un recurso que no existe. La Corte solo lo acepta la reposición cuando hay errores de hecho y no es lo que ocurre en este caso”.

¿Hay antecedentes de una situación como ésta? fue la siguiente pregunta a todos los especialistas, quienes no olvida los siete fallos de la Corte Suprema que la provincia de Santa Cruz no cumplió respecto a la restitución del procurador removido por Néstor Kirchner, Eduardo Sosa.

Por su lado, Juan Vicente Sola puso un caso respecto a la responsabilidad de los funcionarios que no cumplan el fallo de la Corte. “Es la situación planteada en los amparos del corralito, se ordenó el arresto del funcionario que por ley tenga la competencia de ordenar tal operación y no lo haga incurriendo en el delito de desobediencia”.

Finalmente, en consonancia con sus pares, el constitucionalista indicó que el fallo de la Corte no está sujeto a ningún tipo de análisis y que el mismo está dictado “para ser cumplido”.

Deslizó un análisis sobre la conducta del Gobierno nacional a la que calificó de “oportunismo político y un desprecio por la constitución nacional y la división de poderes” que “puede llevarlos a esta posición totalmente inaceptable y hasta sediciosa”.

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